Muy buenas tardes: Pero es que aquí las que votan son las Asociaciones, y de no llegar esa notificación de convocatoria a la Asamblea General (Ordinaria - Extraordinaria) con 30 días de antelación a las Asociaciones, estas no tendrán tiempo de reunir a sus asociados para poder debatir y acordar lo que se tiene que votar en dicha Asamblea.
Entonces este es el momento (Asamblea General Extraordinaria) para modificar el artículo 8º de los Estatutos, así que habrá que incluirlo en el orden del día para que de esta forma se pueda llevar a cabo la votación.
Esto lo deberían solicitar las Asociaciones si desean que sus asociados tengan una participación más activa en las decisiones que se deben tomar para la votación en Asamblea de su representante.
Saludos