Hola, he estado leyendo el código de canto del cced y el documento de "normas especiales" de 2009 que hay en la web de alboraya y tengo una serie de dudas.

En el segundo documento expone una serie de motivos de descalificación y desclasificación:

5º Descalificación y desclasificación:
- Ejemplares de canto estereotipado (sin timbres ni variaciones rodadas pero que sigan la estructura del Canto Timbrado Español y cumplimenten la práctica totalidad del resto de la planilla de la referida raza): descalificación.
o Si su canto tiene la estructura del Canto Español Discontinuo con el añadido de un único giro de ritmo continuo: descalificación.
Alguien podría explicar(me) qué significa eso de "Estructura del Canto" y cuál es la estructura del canto de uno y otro le estaría agradecido.

Saludos

PD: no va con segundas ni malas intenciones. Es que nunca había escuchado este término. Es lo que tenemos los novatos.